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Obtener nacionalidad española por descendencia

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Obtener nacionalidad española por descendencia

La Ley de Memoria Democrática permite, hasta octubre de 2025, obtener la nacionalidad española a nietos de españoles en el extranjero. En este artículo le explicamos todo lo que necesita saber para solicitar nacionalidad española por descendencia por este procedimiento.

Cómo obtener la nacionalidad española

La nacionalidad española se rige por el principio Ius Sanguinis (derecho de sangre), a diferencia del modelo de Estados Unidos Ius Soli (derecho de suelo). El derecho de sangre determina que la nacionalidad al nacer deriva de la nacionalidad de los padres, por lo que de padres españoles, hijos españoles. Esto implica heredar la nacionalidad del padre, madre, abuelo o abuela que fuere español/a, por el mero hecho de ser hijo/nieto (se aplica también al caso de niños adoptados).

Evolución normativa: de la Memoria Histórica a la Memoria Democrática

  • Ley de Memoria Histórica (2007): Estableció un periodo transitorio hasta 2011 para que hijos e incluso nietos de exiliados obtuvieran la nacionalidad por opción, pero con limitaciones .
  • Ley de Memoria Democrática (2022): Su disposición adicional octava amplía el derecho de opción a hijos, nietos o bisnietos de españoles originales que perdieron la nacionalidad por exilio, renuncia o matrimonio (antes de 1978), así como a otras situaciones derivadas de exilio político, ideológico o por identidad sexual.

En resumen, la ley corrige una deuda histórica, facilitando el reencuentro generacional con la ciudadanía española.

Nueva vía para obtener la nacionalidad española hasta Octubre de 2025

mujer-jovenLa nacionalidad española por descendencia ha sido históricamente una vía jurídica importante para que personas nacidas en el extranjero puedan adquirir la ciudadanía española. La reciente Ley de Memoria Democrática, promulgada en octubre de 2022, ha abierto una ventana excepcional: permite a hijos, nietos e incluso bisnietos de exiliados recuperar la nacionalidad española hasta el 21 de octubre de 2025, fecha que amplía un plazo transitorio y revive derechos históricos. Aquí le explicamos el marco legal, los casos específicos, los requisitos y el procedimiento, con especial énfasis en el impacto de la ley de 2022 y su relevancia práctica para quienes aspiran a recuperar sus raíces españolas.

¿Quién puede acogerse la nacionalización española por descendencia?

La nueva normativa establece varios supuestos claros:

Pérdida de la nacionalidad española por exilio político

Nacidos fuera de España de padre, madre, abuelo o abuela que fue o es español de origen, y perdió la nacionalidad por exilio político o renuncia voluntaria. 

Pérdida de la nacionalidad española por casarse con un extranjero

Descendientes de españoles que perdieron la nacionalidad al casarse con un extranjero antes de la Constitución de 1978 (especialmente mujeres exiliadas o emigradas). 

Hijos de nacionalizados que no pudieron optar antes de cumplir 18 años

Hijos mayores de edad de personas que recuperaron la nacionalidad gracias a la Memoria Histórica o Democrática, y no pudieron optar antes de cumplir 18 años. 

Nietos y bisnietos menores de nacionalizados

gente-bandera-espanaMenores cuyos padres recuperaron la nacionalidad, independientemente de otros criterios. 

Estos supuestos permiten a generaciones amplias, incluyendo nietos y bisnietos, acceder a la ciudadanía de origen sin límite generacional estricto, aunque con condicionantes específicos según el caso.

El derecho es aplicable hasta el 21 de octubre de 2025. Presentar cita antes de esa fecha es imprescindible.

Aunque la cita debe solicitarse antes del 22 de octubre de 2025, el expediente puede proseguir hasta 2029, según una instrucción del Ministerio de Exteriores, con el justificante de cita como garantía.

Pasos para obtener la nacionalidad española por descendencia por la vía de la Ley de Memoria Democrática

Documentación a presentar para solicitar la nacionalidad española

  • Certificado literal de nacimiento del solicitante y del ascendiente involucrado (padre, madre, abuelo o abuela), emitidos con antelación (6-12 meses) y legalizados con apostilla.
  • Documento de identidad (pasaporte, DNI o NIE) vigente del solicitante.
  • Certificado de antecedentes penales del país de residencia y de los países en los que residió, si aplica.
  • Formulario oficial (Anexos I, V, hoja declaratoria) disponibles en consulados, cumplimentados sin firma (se firman en cita).
  • Declaración de fidelidad al Rey y a la Constitución.
  • Renuncia a otra nacionalidad, si así lo exige el solicitante.

Pasos para solicitar la nacionalidad española

  1. Preparación documental: Reunir y legalizar todos los documentos, incluyendo cualquier traducción oficial necesaria.
  2. Registro online y cita: Registrarse en la plataforma consular correspondiente y solicitar cita antes del 21/10/2025. El justificante de cita es clave, ya que permite extender los trámites hasta 2029.
  3. Presentación presencial: Durante la cita en el consulado se someten los documentos y se firma la declaración de opción.
  4. Tramitación interna: El consulado remite el expediente al Registro Civil en España. El plazo legal para resolución es de seis meses, aunque la realidad indica que puede extenderse más allá.
  5. Resolución: Si se concede, el solicitante inscribe su nueva nacionalidad y puede optar a cumplir con formalidades como jura de bandera o registro. Si se deniega o falta documentación, podrá presentarse recurso.
  6. Inscripción y documentos finales: Tras la concesión, el Registro Civil inscribe el acta de nacimiento con nacionalidad de origen en el Registro Central, y luego puede solicitarse el DNI y pasaporte.

Requisitos específicos y variantes

La mayoría de solicitantes por descendencia están exentos del examen de idioma y cultura DELE (A2) y del curso CCSE, salvo excepciones. Estos requisitos son obligatorios solo para naturalización, no para nacionalización por descendencia.

Los menores adquieren la nacionalidad directamente si sus padres la obtuvieron antes de que ellos sean mayores. Los formularios y declaraciones los firmarán los progenitores .

Para supuestos fuera de la Ley de Memoria Democrática, como hijos de españoles donde padre/madre nacieron en España, no hay límite de plazo.

Comparativa: antes y después de 2022

Aspecto

Ley Memoria
Histórica (2007–2011)

Ley Memoria
Democrática (2022–2025)

Generaciones incluidas

Hijos / nietos (limitado)

Hijos, nietos y bisnietos

Plazo

Hasta 2011

Hasta 21 oct 2025 (cita antes fecha)

Casos incluidos

Hijos menores de exiliados

Exiliados políticos, matrimonio,
identidad sexual, mayores 18

Volumen estimado

Algunos miles

2,5–3 millones posibles

Saturación consular

Moderada

Muy alta, con listas hasta 2026